viernes, 5 de marzo de 2021

CARTA DE CRÉDITO - OBJETO, CARACTERÍSTICAS Y SUJETOS INTERVINIENTES

 OBJETO

    El objeto de la carta de crédito es como ya se dijo: brindar la seguridad al tercero sobre la solvencia de fondos que posee el tomador de la carta. Es entonces un respaldo para la compra y seguro pago de las partes intervinientes en el negocio mercantil, ya que comúnmente, la relaciones en las que este objeto se verifica es en las de importador y exportador, tomador y el tercero, respectivamente.

CARACTERÍSTICAS

    Dentro de aquellas peculiaridades que distinguen a la carta de crédito, podemos establecer las siguientes:

a. La carta debe ser expedida a favor de persona determinada, por tanto, no puede ser expedida sin la determinación del sujeto hacia el cual se dirige, es decir, con quien se busca establecer el negocio jurídico.

b. Asimismo, la carta de crédito debe contener el importe de ésta, el monto por el cual es expedida, es así que la misma debe imperiosamente establecer un máximo o una cantidad fija.

c. Otra de las características es que debe contener la fecha de expedición ya que la misma cuenta con un plazo en el que es cancelada, ya sea por convenio entre las partes o en defecto de éste, el plazo legal.

d. Y los últimos elementos esenciales de esta carta de crédito es que la misma no es negociable, ni protestable, y tampoco requiere de aceptación, de igual forma no da ningún derecho de acción en contra el destinatario.

SUJETOS INTERVINIENTES

    En cuanto a los sujetos que intervienen tenemos los siguientes:

a. BANCO EMISOR O ENTIDAD PRIVADA (DADOR): es la entidad bancaria o privada que redactará la carta de crédito a favor del tomador, que en ciertos casos puede ser su cliente, al cual le concedió un crédito o resguarda el importe de la carta de crédito de este último.

b. TOMADOR: es la persona que recibe la carta de crédito para que la misma le sirva como carta de recomendación frente al tercero del cual busca la obtención de mercancías o servicios.

c. DESTINATARIO O TERCERO: usualmente es el banco del exportador, el mismo que una vez verificada la carta de recomendación decide realizar (o no) el negocio jurídico solicitado.

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